23.2.18

Valtonyc, 'Fariña' y ARCO: 24 horas negras para la libertad de expresión en España. Aumentan las sentencias por una serie de delitos que acaban con los acusados en la cárcel con penas similares a las de las lesiones graves

 "Paul Chambers se levantó de la cama un 6 de enero de 2010 con todas las ganas de coger un avión. Tenía un billete con destino a Belfast para ver a la chica con la que estaba saliendo y a la que había conocido en Twitter.

 Llegó al aeropuerto Robin Hood, en South Yorkshire, lo encontró cerrado por la nieve y estalló. En Twitter, claro: "¡Mierda! El aeropuerto Robin Hood está cerrado. ¡¡Tenéis una semana y algo más para arreglar esta mierda o voy a volar este aeropuerto por los aires!!".

La policía lo detuvo una semana después, lo que provocó una gran polémica en los medios. ¿Realmente era una amenaza terrorista real viniendo de un chico de 25 años de no muchas luces? Los jueces pensaron que no podían dejar pasar el aviso. Lo condenaron en primera instancia y volvieron a hacerlo en el primer y segundo recursos. Sólo cuando el caso llegó al Tribunal Supremo,  decidieron absolverlo en julio de 2012.


¿Cuál había sido la pena inicial de prisión? Ninguna. Había sido condenado a pagar una multa de 385 libras, más la obligación de pagar las costas de 600 libras (equivalentes a 1.130 euros en total). Y había perdido el empleo a causa de la detención. 

En España una condena a pagar 1.130 euros sería casi un alivio para muchos de los acusados que han pasado por la Audiencia Nacional en los últimos meses. Delitos como incitación al odio, enaltecimiento del terrorismo o injurias al rey han llevado a la imposición de penas que suponen el ingreso en prisión. Son penas similares a las de los delitos de lesiones graves.

La acumulación de estos casos podría hacer pensar que en España el terrorismo es una amenaza permanente o que el debate público está teñido de violencia y amenazas. Eso era lo que ocurría en muchos momentos de la Transición a finales de los 70 y los 80, época descrita en general por los medios de comunicación como un éxito de la sociedad española.

¿Entonces por qué ahora ese activismo judicial y policial contra delitos manifestados a través de la opinión? ¿Esas sentencias quieren decir que estamos peor que en los 80 en cuanto a respeto a los derechos civiles?

"Esa es una percepción basada en la realidad", opina Jacobo Dopico, catedrático de Derecho Penal de la Universidad Carlos III. "Nos encontramos ante una situación de alarma que se ha creado rápidamente en pocos años al haberse producido un giro en la interpretación de tres o cuatro grupos de delitos: enaltecimiento del terrorismo, incitación al odio y discriminación, que se ha ampliado de forma insostenible, delitos que han revivido como los referidos a los sentimientos religiosos, y las ofensas a instituciones como la Corona". 

La ofensiva judicial

La intensa dedicación de Policía, Guardia Civil y Fiscalía a lo que se dice en redes sociales y a la actividad de grupos de música ha desembocado en varias sentencias en los últimos meses. 
A los integrantes del colectivo rapero La Insurgencia,  la sentencia de la Audiencia Nacional les condenó en diciembre por ensalzar "de manera casi sistemática a la organización terrorista" de los Grapo y adoptar una "tónica subversiva frente al orden constitucional democrático". Resultado: dos años y un día por enaltecimiento del terrorismo.

Al rapero Valtonyc, tres años y seis meses por enaltecimiento del terrorismo, calumnias e injurias graves a la Corona, según la sentencia del Tribunal Supremo. "Mataría a Esperanza Aguirre, pero antes le haría ver cómo su hijo vive entre ratas", fue una de las frases citadas en la sentencia.

Con César Strawberry, ocurrió lo contrario a lo habitual. Le absolvió la Audiencia Nacional, pero le condenó el Supremo tras el recurso, a pesar de que el músico había confirmado su rechazo explícito a la violencia. 

En el caso de Strawberry, Dopico cree que su sentencia "contradice cuestiones establecidas por el Tribunal Constitucional (TC) y el Tribunal Europeo de Derechos Humanos". Incluso las apelaciones genéricas a la violencia no son automáticamente constitutivas de delito, por mucho rechazo social que provoquen en la mayoría de la sociedad. 

Si no hay riesgo real de que se produzcan esos actos violentos, si no hay una intención clara de plasmar esas palabras en violencia física, el TC se ha mostrado reacio a aceptar esas condenas. 

Por el contrario, los autores de los atestados policiales y los autos de la Fiscalía reflejan una sucesión de frases de contenido violento y en ocasiones aberrante como si fueran llamamientos nítidos a una violencia que se puede producir en cualquier momento y que afortunadamente nunca llega a ocurrir. 

Entre otras cosas, porque por muchos tuits que dediquen a los Grapo personas que ni saben lo que era ni habían nacido cuando los miembros de ese grupo terrorista cometieron sus crímenes, los Grapo no van a resucitar.

En muchos casos, son los tribunales y los medios de comunicación que informan de sus decisiones los que hacen de altavoz de esas declaraciones. En definitiva, los que extienden esos mensajes violentos, muchísimo más que sus autores originales.

¿Hay una intención política en esas sentencias? El abogado Arkaitz Terrón fue juzgado en marzo de 2017 por nueve tuits publicados a lo largo de seis años en los que se refería a Carrero Blanco, ETA y el rey Juan Carlos desde una cuenta de Twitter que tenía una repercusión insignificante. Tras el juicio –antes de saber que sería absuelto–, dijo que tenía claro por qué estaba allí: "El Estado quiere que cuando un chaval vaya a tuitear  se lo piense dos veces".

Por eso en otros juicios celebrados esos días varios acusados aceptaron reconocer su culpabilidad a cambio de una pena que no les suponía el ingreso en prisión. A Terrón no le extrañaba: "Yo pude pagarlo (abogados, viaje y fianza), pero si no tienes recursos, lo primero que haces es reconocerlo todo, o si no, te hunden la vida".

Sobre los efectos de esos mensajes

La repercusión de cualquier posible incitación a la violencia debería ser un factor relevante en la investigación policial. El riesgo que suponen esas palabras para la sociedad debería valorarse para establecer si es delito y con qué gravedad, algo que en las sentencias suele aparecer con una frase declarativa sin pruebas que sustenten esa apreciación.

Twitter y Facebook tienen herramientas para medir la repercusión de esos mensajes y traducirla en cifras. En varios juicios, los agentes policiales han reconocido que no las usan. Los números que saldrían podrían llegar a ser ridículamente bajos. Ningún fiscal se atrevería a presentarlos ante el tribunal como prueba. 

El Tribunal Supremo ha llegado al extremo de avisar de que  un retuit puede ser delito. Repetir para tus seguidores un mensaje escrito por otra persona puede llevarte a la cárcel. El tribunal se refirió en una sentencia al acto de reenviar mensajes o imágenes de apoyo a ETA o de homenaje a terroristas.

El RT –que significa cosas distintas para personas diferentes en Twitter, como sabe cualquier usuario de la red social– puede ser delictivo, según el Supremo, porque el Código Penal no exige "que el acusado asuma como propio, razone o argumente la imagen y su mensaje, ni tampoco que sea el que lo haya creado; basta que de un modo u otro accedan a él, y le den publicidad, expandiendo el mensaje a gran cantidad de personas".

Retuitear es también una forma de contar lo que está pasando sin hacer más comentarios. Como se dice en términos coloquiales, sin mojarse. O de provocar a algunos lectores con algo que preferirían no ver. El Tribunal Supremo sólo parece tener una definición para ese concepto de retuitear.  (...)"                 (Íñigo Sáenz de Ugarte, eldiario.es, 21/02/18)

"Malos tiempos para la libertad de expresión en nuestro país. 

Este derecho expresamente recogido en el artículo 20 de la Constitución ha quedado cercenado a través de tres casos que se han sucedido en apenas 24 horas. En dos de ellos ha sido la Justicia la que ha dictado sentencia y en el otro ha sido la propia autocensura la que ha hecho el trabajo previo, como tantas veces sucedía en la dictadura franquista. 

Ayer, el Tribunal Supremo ratificaba la sentencia a tres años y medio de cárcel que había impuesto la Audiencia Nacional al rapero Valtonyc. Sus delitos:  enaltecimiento del terrorismo, calumnias e injurias graves a la Corona. Por la noche se conocía la decisión de una juez de Collado Villalba de secuestrar el libro Fariña, obra en la que el periodista Nacho Carretero profundiza en la historia del narcotráfico gallego. La razón: una demanda del exalcalde de O Grove por supuesta vulneración de su derecho al autor. Y hoy, ARCO ha instado a una galerista a retirar una serie de 24 fotografías de Santiago Sierra titulada Presos Políticos en la España Contemporánea, en la que aparecen, pixeladas, imágenes de Oriol Junqueras o los jóvenes detenidos por agresión a dos guardias civiles en Altsasu (Navarra).

El rapero Valtonyc, a prisión

En el caso de Josep Miquel Arenas Beltrán, conocido como Valtonyc, el Supremo desestimó sus argumentos y confirmó la sentencia de la Audiencia. Así, el rapero tendrá que ir a la cárcel para cumplir una condena de tres años y medio. Y es que para el Alto Tribunal los contenidos de sus canciones "no quedan amparados por la libertad de expresión o difusión de opiniones" y sí suponen un enaltecimiento del terrorismo, calumnias e injurias a la Corona y amenazas a Jorge Campos, presidente de la asociación Círculo Balear.. 
En concreto, se trata de diez canciones del álbum Residus de un poeta , otros diez temas bajo el título Mallorca es Ca nostra; y, por último, otras dos canciones que fueron subidas por el rapero a Youtube con el título de Marca España y El fascismo se cura muriendo. Aquí se pueden leer las frases exactas por las que se le condena.  (...)

Precisamente por enaltecer el terrorismo se sienten hoy en el banquillo de los acusados de la Audiencia Nacional dos tuiteros. Mari Flor M.G. y Luis S.S. son juzgados por publicar mensajes en los que ensalzaban la actividad terrorista de ETA, degradaban a sus víctimas y arremetían contra la Policía y conocidos periodistas y políticos, unos hechos por los que la Fiscalía pide para cada uno dos años de prisión.

Secuestro del libro 'Fariña'

Pero cuando todavía el fragor del debate en torno a la sentencia a Valtonyc seguía candente, la opinión pública conocía otra decisión judicial cuanto menos polémica. La juez de Collado Villalba (Madrid) Alejandra Fontana acordaba el secuestro cautelar del libro Fariña, en el que el periodista Nacho Carretero profundiza en la historia del narcotráfico gallego, a petición del exalcalde de O Grove (Pontevedra) José Alfredo Bea Gondar, quien demandó en enero a Carretero y a la editorial Libros del KO por supuesta vulneración de su derecho al honor. Bea Gondar les reclama 500.000 euros de indemnización.
El exalcalde de O Grove aparece citado en "dos líneas" del libro, de 400 páginas, por supuestos vínculos con el narcotráfico gallego. Por ejemplo, su nombre aparece en este extracto: "Aquel junio de 1991 Orbaiz Picos se ofreció al cartel de Cali para traer 2.000 kilos de cocaína. Lo hizo a través de Alfredo Bea Gondar, alcalde de O Grove por AP en 1983 y 1991 (este último año ganó con mayoría absoluta, después de haber sido acusado de narcotráfico, aunque duró dos días en el cargo), quien aceptó la propuesta y se puso en contacto con Manuel González Crujeira 'o Carallán', al que ya conocemos de su época como colaborador de 'Sito Miñanco'".
Sin embargo, el efecto que ha provocado la noticia del secuestro es que el libro se haya convertido en número uno en ventas en Amazon. Un 'efecto Streisand' en toda regla. Un secuestro que llega, además, dos años después de que el libro se estrenara y tras nueve ediciones del mismo.
Lo que no ha logrado el exalcalde de la localidad gallega es frenar la emisión de la serie de televisión producida sobre esta obra y que será emitida en los próximos meses. En este caso, la juez argumentó que la fecha de emisión de la serie es incierta, así como el guión de la misma, por lo que sería desproporcionado paralizarla.

ARCO retira una obra sobre 'presos políticos'

Y esta mañana, una obra que se iba a exponer en ARCOMadrid ha sido retirada. A instancias de IFEMA, la galerista Helga de Alvear ha decidido quitar de su estand la serie de 24 fotografías de Santiago Sierra titulada Presos Políticos en la España Contemporánea, en la que aparecen, pixeladas, imágenes de Oriol Junqueras, Jordi Sànchez, Jordi Cuixart o los jóvenes de Altsasu. La obra, valorada en 80.000 euros, fue vendida antes de su retirada.  (...)

El artista madrileño ha mostrado su "relativa sorpresa y decepción" y considera que la decisión "daña la imagen" del evento y "del propio estado español". En su perfil oficial de Facebook, Sierra ha afirmado que la decisión también "constituye una falta de respeto hacia una galerista como Helga de Alvear, que participó en la puesta en marcha de la Feria, así como hacia la madurez e inteligencia del público".
"Finalmente --añade-- creemos que actos de este tipo dan sentido y razón a una pieza como ésta, que precisamente denunciaba el clima de persecución que estamos sufriendo los trabajadores culturales en los últimos tiempos".              (Público, 21/02/18)

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